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D:\INDUMIL\jcante\A. JOHN J.CANTE\SYNERGY\CAMBIOS\25. PLANTILLAS LOGO A COLOR NEGRO - 02.355.696\COLOR NEGRO MARZO 30 2017\Logo negro grande.png
Historia, excelencia y calidad

NIT. 899.999.044-3                        

Oficinas Centrales

Bogotá D.C.

No.

01.958.415

Fecha Elaboración: 29/08/2017 09:22:22 a.m.

 

 

ASUNTO        :

Respuesta a observaciones proceso IPO 127/2017 Proyecto 7049

 

 

Señores:

OFERENTES

 

La Industria Militar da respuesta a las observaciones y solicitudes formuladas al proceso invitación pública a ofertar 127/2017, proyecto 7049 para la Contratación Seguros Generales de la Industria Militar, así:

 

1. Observaciones presentadas por el Sr. Jhon Fredy Acosta Rodríguez, recibidas el día 17 de agosto de 2017, con requerimiento 02.465.877, así:

 

Observación 1:

 

CRONOGRAMA – Visita de inspección

Solicitamos incluir y publicar el cronograma, y se permita realizar inspección al riesgo para lo cual agradecemos indiciar fecha, hora, la persona quien atenderá la actividad y la oficina donde lo puedan contactar"

 

Respuesta a la observación 1:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que la Aseguradora La Previsora S.A., es la Entidad que cuenta en este momento con nuestra póliza Todo Riesgo daños Materiales y con respecto a la última visita realizada por ustedes, los riesgos no han cambiado y se realizarán las respectivas visitas de inspección a cada unidad de negocio posteriores, una vez se haya adjudicado el contrato.

 

Observación 2:

 

Todo Riesgo Daños Materiales

• Solicitamos a la Entidad suministrar la relación de valores de los riesgos principales, con el fin de obtener el detalle completo de los riesgos, por lo cual agradecemos publicar en detalle con las ubicaciones y algunos de sus valores, con el propósito de recopilar la información relacionada con las pólizas que cubren el riesgo de terremoto, para el adecuado cálculo de las reservas técnicas que respaldan la operación del ramo y propender por el beneficio económico en la tasación del seguro para la entidad

 

De igual forma, teniendo en cuenta que como Aseguradas debemos dar cumplimiento al Decreto 4865 de 2011 emitido por el Ministerio de Hacienda y crédito público, “Por medio del cual se interviene la actividad de las entidades aseguradoras y se dictan normas sobre reservas técnicas para el ramo de seguro de terremoto”, reglamentado por la Superintendencia Financiera de Colombia con la Circular Externa 011 de 2013.

Nombre
Descripción
Valor asegurable inmueble Corresponde al valor asegurable para la cobertura del inmueble y/o edificación
Valor asegurable contenido Corresponde al valor asegurable para la cobertura de contenido (muebles y enseres, maquinaria y equipo, mejoras locativas, mercancías, etc.)
Municipio Corresponde al Municipio en el cual se encuentra ubicado el inmueble.
Departamento Corresponde al Departamento en el cual se encuentra ubicado el inmueble.
Dirección del inmueble Corresponde a la dirección completa en que está ubicado el inmueble (Nomenclatura Oficial Vigente).

Coordenadas Geográficas Corresponde a la localización geográfica del inmueble asegurado expresada como Longitud y Latitud. Estas coordenadas geográficas pueden ser estimadas con un dispositivo de posicionamiento global (GPS).

Número de pisos Corresponde al número total de pisos que tiene el inmueble.
El número de pisos se debe contar a partir de la planta baja sin incluir sótanos. En caso que el edificio se ubique en zona de lomas y por la pendiente del terreno esté escalonado, el número de pisos debe contarse a partir del piso más bajo.

Cuando existan mezanines estos se deben contar como pisos.

Rango de construcción Corresponde al rango del año de construcción de la edificación :

-Antes de 1963

-Entre 1963 y 1977

-Entre 1978 y 1984

-Entre 1985 y 1997

-Entre 1998 y 2010

-2011 en adelante

Uso riesgo Corresponde al uso actual del edificio. Ejemplo: Residencial, Oficinas, Parqueaderos, Salud, etc.

Tipo estructural Corresponde al material de construcción que soporta la estructura. Ejemplo:

oncreto reforzado, Mampostería, Acero, Madera, Adobe, Bahareque o Tapia.

Irregularidad de la planta (Opcional) La irregularidad de la planta hace referencia a una distribución asimétrica de los elementos resistentes. Registre si el inmueble tiene o no irregularidad en planta.

Irregularidad de altura (Opcional) La irregularidad en altura hace referencia a una distribución no uniforme de los elementos resistentes en la altura del edificio. Registre si el inmueble tiene o no irregularidad de altura.

Daños previos (Opcional) Daños previos hace referencia al evento en el cual la estructura del inmueble sufrió un daño por causa de sismos previos. Registre si el inmueble tiene o no daños previos.
Reparados (Opcional) Partiendo del hecho de daño previo, registre si los daños fueron reparados o no.
Lo anterior teniendo en cuenta que reparar implica proveer de nuevo a"

 

Respuesta a la observación 2:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que dicha información será enviada una vez se conozca la aseguradora que gane la Invitación Pública a Ofertar No. 127/2017, con el fin de dar cumplimiento al Decreto 4865 de 2011 emitido por el Ministerio de Hacienda y crédito público, “Por medio del cual se interviene la actividad de las entidades aseguradoras y se dictan normas sobre reservas técnicas para el ramo de seguro de terremoto”, reglamentado por la Superintendencia Financiera de Colombia con la Circular Externa 011 de 2013.

 

2. Observaciones presentadas por la Sra. María Alejandra Cantor Gamboa, recibidas el día 17 de agosto de 2017, con requerimiento 02.466.058, así:

 

Observación 1:

 

“…Todo riesgo sustracción para bienes especiales - Sublímite a primera pérdida absoluta con un valor que no podrá ser inferior a $3.000.000.000

Agradecemos aclarar qué tipo de bienes especiales se están asegurando y relacionar el detallado de los mismos junto con el valor asegurado o relacionar los cinco bienes más representativo junto con su valor y ubicación"

 

Respuesta a la observación 1:

 

Una vez revisada la observación, la Industria Militar informa los bienes más representativos en INDUMIL, así:

 

img2

 

Observación 2:

 

Maquinaria y equipo bajo tierra - sublímite no podrá ser inferior a $2.000.000.000
Agradecemos publicar el detallado de las máquinas y equipos bajo tierra junto con el valor asegurado o relacionar los cinco bienes más representativo junto con su valor y ubicación"

 

Respuesta a la observación 2:

 

Una vez revisada la observación, la Industria Militar informa los bienes en maquinaria y equipo más representativos en INDUMIL, así:

 

Denominación

Valor adquis. acum.

PRENSA VERTICAL D/TRANSFERENCI4-37 VAINI

3.866.335.831

PRENSA VERTICAL D/TRANSFERENCI4-37 VAINI

3.866.335.831

MAQUINA CARGADORA PARA MUNICION 5.56mm Y

2.946.549.173

PLANTA DE EMULSIONES DRUMMOND

2.688.765.832

PRENSA VERTICAL D/TRANSFERENCI4-37 PROYE

2.519.811.540

PRENSA VERTICAL D/TRANSFERENCI4-37 PROYE

2.519.811.540

SUB SISTEMA MAQUINA FILIPAC ( ENCARTUCHA

2.311.234.034

SISTEMA DE ARENAS AUTOFRAGUANTES PALMER

2.251.026.935

MODULO DE PRODUCCION AUTOMATIZADA

1.717.923.204

HORNO ELÉCTRICO DE INDUCCIÓN VIP PT310-R

1.544.253.793

EQUIPO DE ENCARTUCHADO TALLER INDUGEL AP

1.481.137.314

UNIDAD DE REFRIGERACION NITRACION CHILLER

1.452.449.646

AFILADORA CNC

1.237.134.438

MAQUINA ENCARTUCHADORA - DYNO NOBEL (ROT

1.218.703.031

 

Observación 3:

 

Elementos dañados y gastados

Sugerimos a la Entidad establecer un limite de $100.000.000 para este tipo de bienes, teniendo en cuenta la actividad económica que desarrolla la Entidad, agradecemos confirma si tienen este tipo de bienes en caso de tenerlos, relacionar los tres más representativos, su ubicación, estado actual, y el valor real del bien en el estado que se encuentre"

 

Respuesta a la observación 3:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que no acepta la solicitud y mantiene lo establecido en el anexo No. 7 de las Bases de la Invitación Pública a Ofertar, teniendo en cuenta que lo que requiere INDUMIL es la propuesta más favorable en dicho proceso.

 

Observación 4:

 

Propiedad Personal De Funcionarios - 1% del valor asegurado

Teniendo en cuenta que actualmente en la póliza DMC no viene contratado esta clausula, solicitamos su eliminación en caso de no aceptar la observación sugerimos establecer un limite $1.000.000 evento/vigencia"

 

Respuesta a la observación 4:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que no acepta la solicitud y mantiene lo establecido en el anexo No. 7 de las Bases de la Invitación Pública a Ofertar, teniendo en cuenta que lo que requiere INDUMIL es la propuesta más favorable en dicho proceso.

 

Observación 5:

 

SISTEMA FLOTANTE PARA MERCANCÍAS, (ALMACEN E INVENTARIOS, INSUMOS) CON COBRO ÚNICO DE PRIMA Hasta $60.000.000.000.

Sugerimos a la Entidad aclarar a que se debe el incremento, teniendo en cuenta que en la vigencia 2016 la Entidad solicito para esta clausula $3,155,525,642"

 

Respuesta a la observación 5:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que no acepta la solicitud y mantiene lo establecido en el anexo No. 7 de las Bases de la Invitación Pública a Ofertar, teniendo en cuenta que lo que requiere INDUMIL es la propuesta más favorable en dicho proceso y la póliza de la vigencia 2016 se contrato mediante la Agencia Logística de las Fuerzas Militares.

 

Observación 6:

 

Valor Acordado Sin Aplicación De Infraseguro, siempre y cuando la diferencia entre el valor asegurado y el valor asegurable no sea mayor al 20%

Cordialmente solicitamos establecer un 10% de infraseguro, tal cual viene contratada en la póliza actual"

 

Respuesta a la observación 6:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que no acepta la solicitud y mantiene lo establecido en el anexo No. 7 de las Bases de la Invitación Pública a Ofertar.

 

Observación 7:

 

DEDUCIBLES Establecidos en el pre pliego página 40 – Tabla de Calificación
Al revisar la tabla de calificación de los deducibles establecidos para cada uno de los amparos del ramo, se observa no se relacionan los deducibles actuales en la tabla y se le otorgue puntuación para los siguientes amparos:

TERREMOTO TEMBLOR Y/O ERUCION VOCANICA: Se relaciona en el pliego 2% sobre el valor de la pérdida, siendo lo correcto 2% sobre valor asegurable del riesgo afectado, tal cual viene contratado
AMIT Y HMACCOP: Se relaciona en el pliego $100.000.000, siendo lo correcto 4% del valor de la perdida mínimo 20 SMMLV, tal cual viene contratado

OTROS EVENTOS: Se relaciona en el pliego en minimo USD$ 10.000, siendo lo correcto mínimo 20 SMMLV SMMLV, tal cual viene contratado

INCENDIO Y EXPLOSION: Se relaciona en el pliego 20% del valor de la perdida mínimo US$25.000, siendo lo correcto 30% del valor de la perdida mínimo US$30.000, tal cual viene contratado
Por lo anteriormente expuesto, solicitamos las corrección de los deducibles en la tabla de cada amparo y otorgarle el puntaje correspondiente"

 

Respuesta a la observación 7:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que no acepta la solicitud y mantiene lo establecido en el anexo No. 7 de las Bases de la Invitación Pública a Ofertar, teniendo en cuenta que lo que requiere INDUMIL es la propuesta más favorable en dicho proceso y se aclara que la póliza de la vigencia 2016 se contrato mediante la Agencia Logística de las Fuerzas Militares.

 

Observación 8:

 

TODO RIESGO EQUIPO Y MAQUINARIA

• Solicitamos respetuosamente a la entidad suministrar la relación detallada del Equipo y Maquinaria con sus respectivos valores asegurados y la distribución de los mismos, dado que la misma debe ser reportada mensualmente a la Superintendencia Financiera por las compañías de Seguros y de no hacerlo podemos ser multados y/o sancionados. Cabe aclarar, el anexo No. 2 - bienes y valores asegurados no fue publicado por la Entidad"

 

Respuesta a la observación 8:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que dicha información será enviada una vez se conozca la aseguradora que gane la Invitación Pública a Ofertar No. 127/2017.

 

Observación 9:

 

Ramo Automóviles

• Contratación Ramo Automóviles / Acuerdo Marco De Precios

La Industria Militar es una Empresa Industrial y Comercial del Estado del orden Nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y capital independiente vinculada al Ministerio de Defensa Nacional como Entidad Pública, creada y reglamentada mediante los Decretos Nos. 3135 Bis de 1954 y 0574 de 1955 y modificada mediante Decretos Nos. 2346 de 1971, 2069 de 1994 y Acuerdo de Junta Directiva de la Empresa No. 439 de 2001.


En consecuencia, siendo Indumil un Establecimiento Público del orden nacional, preciso es concluir que le aplica plenamente a su contratación el Estatuto de Contratación Estatal.

 

En consecuencia, consideramos que Indumil deberá acceder a los Acuerdo Marco de precios vigentes cuando quiera que necesite adquirir bienes y servicios de características técnicas uniformes comprendidos en un acuerdo suscrito por la Agencia Nacional Colombia Compra Eficiente en virtud de lo dispuesto por el decreto 1082 de 2015 que dice:

 

Artículo 2.2.1.2.1.2.7. Procedencia del Acuerdo Marco de Precios. Las Entidades Estatales de la Rama Ejecutiva del Poder Público del orden nacional, obligadas a aplicar la Ley 80 de 1993 y la ley 1150 de 2007, o las normas que las modifiquen, aclaren, adicionen o sustituyan, están obligadas a adquirir Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes a través los Acuerdos Marco Precios vigentes. Las entidades territoriales, los organismos autónomos y los pertenecientes a la Legislativa y Judicial no están obligados a adquirir y Servicios de Características Técnicas Uniformes a través de los Acuerdos Marco de Precios, pero están facultados para hacerlo. (El resaltado es nuestro).

 

En el mismo sentido reitera el Decreto 1082 de 2015:

 

Artículo 2.2.1.2.1.2.9. Utilización del Acuerdo Marco de Precios. Colombia Compra Eficiente debe publicar el Catálogo para Acuerdos Marco de Precios, y la Entidad Estatal en la etapa de planeación del Proceso de Contratación está obligada a verificar si existe un Acuerdo Marco de Precios vigente con el cual la Entidad Estatal pueda satisfacer la necesidad identificada.

 

Si el Catálogo para Acuerdos Marco de Precios contiene el bien o servicio requerido, la Entidad Estatal de que trata el inciso 1 del artículo 2.2.1.2.1.2.7 del presente decreto está obligada a suscribir el Acuerdo Marco de Precios, en la forma que Colombia Compra Eficiente disponga, y luego puede colocar la orden de compra correspondiente en los términos establecidos en el Acuerdo Marco de Precios. Las Entidades Estatales no deben exigir las garantías de que trata la Sección 3 del presente capítulo, que comprende los artículos 2.2.1.2.3.1.1 al 2.2.1.2.3.5.1 del presente decreto, en las órdenes de compra derivadas de los Acuerdos Marco de Precios, a menos que el Acuerdo Marco de Precios respectivo disponga lo contrario. (El resaltado es nuestro)

En consecuencia resulta claro, a nuestro juicio, que la Agencia Logística de las Fuerzas Militares debería suscribir los acuerdos vigentes que haya suscrito Colombia Compra Eficiente para bienes y servicios de características técnicas uniformes, en este caso el ramo de automóviles"

 

Respuesta a la observación 9:

 

Una vez verificada la observación, la Industria Militar informa que no se acepta la misma, toda vez que los Acuerdos Marco de Precios son de uso obligatorio de las entidades de la rama ejecutiva del poder público del Orden Nacional que están sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.

 

La Industria Militar por ser una empresa Industrial y Comercial del Estado se rige por las disposiciones del derecho civil y comercial, en los términos del artículo 13 y 16 de la Ley 1150 de 2007, por tal motivo no está sujeta a las disposiciones del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, pues cuenta con un régimen contractual excepcional.

 

 

3. Observaciones presentadas por la firma AXA Colpatria Seguros S.A, recibidas el día 17 de agosto de 2017, con requerimiento 02.466.063, así:

 

Observación 1:

 

“…Establecer termino adicional para realizar observaciones esto considerando que es necesario realizar inspeccion al riesgo"

 

Respuesta a la observación 1:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que para la realización de observaciones al proceso se debe tener en cuenta lo establecido en el numeral IAP 8.6 de las bases del proceso de la referencia.

 

Observación 2:

 

Solicitamos Informar detalladamente los costos adicionales (impuestos, estampillas, ICA) derivados de este contrato"

 

Respuesta a la observación 2:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que se aplicaran las retenciones de Ley establecidas en el Estatuto Tributario Nacional y Distrital a que haya lugar.

 

Observación 3:

 

cronograma – visita de inspección Solicitamos establecer una fecha para la realización de la inspección indiciar fecha, hora, la persona quien atenderá la actividad y la oficina donde lo puedan contactar"

 

Respuesta a la observación 3:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que debido al corto tiempo que se tiene para la contratación de los seguros generales de INDUMIL 2017-2018 y a la mínima modificación del riesgo establecido para las últimas visitas de inspección realizadas, se carga en la Página WEB de la Industria Militar para el proceso 127/2017 los informes de las visitas realizadas para la última contratación que realizó la Industria Militar para el periodo 2014 – 2015.

 

Observación 4:

 

Solicitamos suministrar detalle de siniestralidad de los últimos cinco años, incluyendo para cada siniestro: fecha de siniestro (notificación por primera vez), causa, clase de proceso, funcionario investigado, valores reclamados, pagados y/o pendientes, estado actual del siniestro y circunstancias conocidas que puedan afectar la cobertura solicitada"

 

Respuesta a la observación 4:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que la siniestralidad de INDUMIL durante los 5 últimos años, será cargado a la página WEB de la Industria Militar para el proceso No. 127/2017 como otros documentos.

 

Observación 5:

 

considerando el tipo de actividad realizada por la entidad y con el fin de cumplir los postulados de objetividad, pluralidad y transparencia en el proceso, solicitamos se permita la inspección a los riesgos objeto de cobertura.


En este mismo sentido confirmar el procedimiento que se debe realizar


Dentro de la información adicional solicitamos se informe: plano general de áreas. Año de construcción de las edificaciones, el área construida de cada una de ellas, descripción de materiales especiales de construcción en caso de que existan (aislamiento térmico de paredes, cielo raso, pisos falsos), mantenimiento de las instalaciones.”


Así mismo solicitamos una descripción de los equipos con sistema de combustión que se encuentren en la planta, combustible utilizado, capacidad, temperaturas de operación, elementos de control de la combustión, elementos de seguridad y protección.


También será necesaria una descripción de los líquidos y gases inflamables o combustibles que se encuentren en la planta, las cantidades almacenadas, ubicación y detalles del almacenamiento, cantidades usadas en proceso, método de transferencia, medidas y sistemas de protección.


En caso de existir almacenamiento de materiales plásticos, debemos conocer el tipo de plásticos, las cantidades almacenadas, su ubicación y detalles del arreglo de almacenamiento.


Para los equipos hidráulicos es importante informar el tipo de aceite utilizado en cada equipo (o su “flash point”), la cantidad de aceite que maneja cada uno de ellos, y el método de parada de emergencia en caso de incendio.


En cuanto al sistema de aire acondicionado deseamos conocer sus características, su mantenimiento y si éste está diseñado para prevenir la propagación de humo en caso de un incendio.”

Sistemas de Protección Contra Incendio: Sprinklers. En caso de contar con rociadores automáticos debemos obtener características de diseño (as built) como: el área total que éstos protegen (ft2), su densidad de diseño (gpm/ft2), temperatura de apertura (o factor K) y tipo de cabecillas, alarmas de flujo, etc. Descripción del suministro de agua: tamaño y forma de llenado de tanques de almacenamiento, caudal y presión de diseño de bombas, resultados de la prueba anual de flujo de bombas.”

Red contra incendio. En caso de contar con una red contra incendio debemos obtener características de diseño (as built) como: tamaño y forma de llenado de tanques de almacenamiento, caudal y presión de diseño de bombas, resultados de la prueba anual de flujo de bombas. Número de hidrantes públicos y privados y su mantenimiento. Número de gabinetes contra incendio, largo y diámetro de las mangueras y su mantenimiento.”


Extintores portátiles. Requerimos información sobre el número de extintores portátiles disponibles por tamaño y tipo de agente extintor y sus programas de inspección y mantenimiento.


Sistemas especiales de extinción. En caso de contar con alguno de ellos es necesaria una"

 

Respuesta a la observación 5:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que debido al corto tiempo que se tiene para la contratación de los seguros generales de INDUMIL 2017-2018 y a la mínima modificación del riesgo establecido para las últimas visitas de inspección realizadas, se carga en la Página WEB de la Industria Militar para el proceso 127/2017 los informes de las visitas realizadas para la última contratación que realizó la Industria Militar para el periodo 2014 – 2015.

 

Cabe anotar que dicha información será suministrada a la aseguradora ganadora de la Invitación Pública a Ofertar No. 127/2017, una vez se firme el respectivo contrato.

 

 

4. Observaciones presentadas por la Sra. Susana Ospina Salas, recibidas el día 17 de agosto de 2017, con requerimiento 02.466.068, así:

 

Observación 1:

 

“…Contratación Ramo Automóviles / Acuerdo Marco De Precios

La Industria Militar es una Empresa Industrial y Comercial del Estado del orden Nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y capital independiente vinculada al Ministerio de Defensa Nacional como Entidad Pública, creada y reglamentada mediante los Decretos Nos. 3135 Bis de 1954 y 0574 de 1955 y modificada mediante Decretos Nos. 2346 de 1971, 2069 de 1994 y Acuerdo de Junta Directiva de la Empresa No. 439 de 2001.

En consecuencia, siendo Indumil un Establecimiento Público del orden nacional, preciso es concluir que le aplica plenamente a su contratación el Estatuto de Contratación Estatal.

En consecuencia, consideramos que Indumil deberá acceder a los Acuerdo Marco de precios vigentes cuando quiera que necesite adquirir bienes y servicios de características técnicas uniformes comprendidos en un acuerdo suscrito por la Agencia Nacional Colombia Compra Eficiente en virtud de lo dispuesto por el decreto 1082 de 2015 que dice:

Artículo 2.2.1.2.1.2.7. Procedencia del Acuerdo Marco de Precios. Las Entidades Estatales de la Rama Ejecutiva del Poder Público del orden nacional, obligadas a aplicar la Ley 80 de 1993 y la ley 1150 de 2007, o las normas que las modifiquen, aclaren, adicionen o sustituyan, están obligadas a adquirir Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes a través los Acuerdos Marco Precios vigentes. Las entidades territoriales, los organismos autónomos y los pertenecientes a la Legislativa y Judicial no están obligados a adquirir y Servicios de Características Técnicas Uniformes a través de los Acuerdos Marco de Precios, pero están facultados para hacerlo. (El resaltado es nuestro).
En el mismo sentido reitera el Decreto 1082 de 2015:

Artículo 2.2.1.2.1.2.9. Utilización del Acuerdo Marco de Precios. Colombia Compra Eficiente debe publicar el Catálogo para Acuerdos Marco de Precios, y la Entidad Estatal en la etapa de planeación del Proceso de Contratación está obligada a verificar si existe un Acuerdo Marco de Precios vigente con el cual la Entidad Estatal pueda satisfacer la necesidad identificada.

Si el Catálogo para Acuerdos Marco de Precios contiene el bien o servicio requerido, la Entidad Estatal de que trata el inciso 1 del artículo 2.2.1.2.1.2.7 del presente decreto está obligada a suscribir el Acuerdo Marco de Precios, en la forma que Colombia Compra Eficiente disponga, y luego puede colocar la orden de compra correspondiente en los términos establecidos en el Acuerdo Marco de Precios. Las Entidades Estatales no deben exigir las garantías de que trata la Sección 3 del presente capítulo, que comprende los artículos 2.2.1.2.3.1.1 al 2.2.1.2.3.5.1 del presente decreto, en las órdenes de compra derivadas de los Acuerdos Marco de Precios, a menos que el Acuerdo Marco de Precios respectivo disponga lo contrario. (El resaltado es nuestro)

En consecuencia resulta claro, a nuestro juicio, que la Agencia Logística de las Fuerzas Militares debería suscribir los acuerdos vigentes que haya suscrito Colombia Compra Eficiente para bienes y servicios de características técnicas uniformes, en este caso el ramo de automóviles"

 

Respuesta a la observación 1:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que no se acepta la misma, toda vez que los Acuerdos Marco de Precios son de uso obligatorio de las entidades de la rama ejecutiva del poder público del Orden Nacional que están sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.

 

La Industria Militar por ser una empresa Industrial y Comercial del Estado se rige por las disposiciones del derecho civil y comercial, en los términos del artículo 13 y 16 de la Ley 1150 de 2007, por tal motivo no está sujeta a las disposiciones del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, pues cuenta con un régimen contractual excepcional.

 

Observación 2:

 

Solicitamos respetuosamente a la entidad publicar el anexo No. 3 - bienes y valores asegurados que no fue publicado por la Entidad"

 

Respuesta a la observación 2:

 

Una vez revisada la observación, la Industria Militar informa los valores asegurados de INDUMIL a la fecha, así:

 

img3

 

5. Observaciones presentadas por el Sr. Rafael Armando Rodríguez Méndez, recibidas el día 17 de agosto de 2017, con requerimiento 02.466.091, así:

 

Observación 1:

 

“…Responsabilidad Civil Extracontractual

Responsabilidad por cualquier daño ocasionado por eventos de la naturaleza $ $500.000.000 evento vigencia

Se solicita amablemente excluir o trasladar a complementarias, porque los eventos de la naturaleza se configuran como eventos irresistibles e imprevisibles, ajenos y exteriores al agente y por tanto físicamente imposible de ser imputables a cualquier título. (Artículo 1056 Código de Comercio"

 

Cobertura por disposiciones legales del medio ambiente, súbita y accidental
Pues esta se traduce en la aplicación de leyes o reglamentos protectores del ambiente por parte de las autoridades respectivas tendientes a suspender, aminorar, mitigar o restablecer el daño causado (Artículo 1055 de Código de Comercio). Por lo cual, solicitamos su eliminación o modificar así: Contaminación accidental súbita e imprevista"

 

Responsabilidad Civil Productos hasta por $300.000.000 evento $400.000.000 vigencia

Sugerimos incluir en el texto de la cláusula: Se ampara la responsabilidad civil que sea imputable al asegurado como consecuencia de daños o lesiones a terceros ocasionados únicamente por los productos suministrados por el asegurado, se excluye la recogida de productos y exportaciones"

 

Gastos médicos incluyendo personal del asegurado $150.000.000 persona, $300.000.000 evento/vigencia.
Se solicita amablemente excluir al personal del asegurado, dado que los empleados se encuentran asegurados por otra clase de seguros (Vida Grupo)"

 

Responsabilidad civil patronal $ 2.000.000.000 evento/vigencia

Se solicita amablemente incluir: Opera en exceso de todos los seguros que por disposición de la ley deba tener contratado"

Parqueaderos, incluyendo daños y/o hurto a vehículos y/o a sus accesorios, sean de terceros o de funcionarios

Solicitamos incluir en el texto de la cláusula que se excluye el hurto de accesorios, contenidos y carga, vehículos de funcionarios, contratistas del asegurado y de todo aquel que pague por hacer uso del servicio de parqueadero"

 

Pagos Suplementarios

Se solicita amablemente aclarar el alcance de la cobertura"

 

Asistencia Jurídica En Procesos Civiles Y Penales

La palabra “asistencia” corresponde a una ayuda inmediata frente a la materialización del riesgo amparado, siendo esta de tipo jurídico sería necesaria la intervención de una firma especializada que cuenta con la respectiva experiencia, idoneidad y que contratada por la Compañía de seguros, actualmente las Aseguradoras para Responsabilidad civil no cuenta no convenio y/o contrato por lo cual esta condición no puede ser otorgada. Por lo cual solicitamos su eliminación, o en su defecto cambiar la palabra asistencia por Honorarios"

 

 

Respuesta a la observación 1:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que no acepta la solicitud y mantiene lo establecido en el anexo No. 7 de las Bases de la Invitación Pública a Ofertar.

 

Observación 2:

 

Responsabilidad Civil Servidores Públicos

Solicitamos publicar el formulario, junto con los estados financieros comparativos junto con sus notas"

 

Respuesta a la observación 2:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que los estados financieros correspondientes a la Industria Militar de la última vigencia junto con sus notas, se encuentran publicados en la página WEB de INDUMIL.

 

Así mismo, se informa que el formulario de Servidores Públicos será cargado a la página WEB de la Industria Militar para el proceso No. 127/2017 como otros documentos.

 

Observación 10:

 

Gastos de defensa para investigaciones por multas y sanciones y silencios administrativos positivos
Solicitamos respetuosamente eliminar o ser trasladada a la sección de cláusulas o coberturas complementarias en aras de ser una condición calificable y no obligatoria, pues estas medidas tienen como finalidad conminar al Servidor público (Asegurado) o la entidad tomadora al cumplimiento de los deberes que la ley le impone en el ejercicio de sus funciones, a través de sanciones con fines ejemplarizantes, las cuales son inasegurables por ministerio de la ley particularmente por lo señalado por el artículo 1055 del Código de Comercio"

 

Respuesta a la observación 10:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que no acepta la solicitud y mantiene lo establecido en el anexo No. 7 de las Bases de la Invitación Pública a Ofertar.

 

 

6. Observaciones presentadas por la Sra. Ana Zoraya Vargas, recibidas el día 17 de agosto de 2017, con requerimiento 02.466.100, así:

 

Observación 1:

 

“…Responsabilidad Civil Servidores Públicos

Incorrecta contratación de Seguros

Dada la naturaleza del seguro no es viable otorgar la presente cobertura pues la presente póliza se consideraría como residual de otra clase de seguros incluida la RC Profesional del corredor y/o agente de seguros adicionado a la exclusión general del condicionado, por lo cual solicitamos su eliminación"

Amparo automático para subordinadas o filiales nuevas

Se solicita amablemente incluir: previo aviso a la aseguradora y con cobro de prima"

Anticipo de indemnización 50%

Solicitamos de la manera más respetuosa esta condición sea modificada y entendida como anticipo de indemnizaciones para pago de Honorarios y cauciones judiciales hasta el 50% previa solicitud efectuada a la compañía, excepto en proceso penales en donde la cobertura operará por rembolso"

 Anticipo De Indemnización Para El Pago De Honorarios Y Cauciones Judiciales

Solicitamos incluir en el texto de la cláusula el 50%"

 Extensión De Cobertura

Queda entendido, convenido y aceptado que en virtud de la presente cláusula se extiende la cobertura de esta póliza para la inclusión de entidades que sean absobidas, constituidas o que adquieran el carácter de subsidiarias con posterioridad al inicio de vigencia de la póliza, con limitación de activos del 100% del total de activos del Asegurado, con previo aviso a la aseguradora y sin pago de prima adicional. Con termino de 24 meses

La vigencia solicitada del proceso son 365 dias, por lo cual sugerimos ajustar el término a 1 mes que sea con cobro de prima

• Jurisdicción colombiana

• Límite territorial mundial

Sugerimos establecer el límite de territorial colombiano"

Periodo de retroactividad sin limite

Considerando el sistema bajo el cual opera la presente póliza es por notificación de investigaciones y/o procesos por primera vez durante la vigencia de la póliza derivados de hechos ocurridos en el periodo de retroactividad contratado, no es viable otorgar sin límite de tiempo, pues nuestra nota técnica no contempla periodo ilimitados cuya condición incrementa el riesgo, por lo cual solicitamos su eliminación"

Retorno De Prima Por Buena Experiencia

Solicitamos trasladar a condiciones complementarias, teniendo en cuenta es una restricción dentro de nuestros contratos"

Honorarios Profesionales De Auditores, Contadores, Revisores O Peritos

Bajo la presente póliza únicamente tendrán cobertura los gastos por honorarios profesionales de abogados para la defensa del Asegurado y/o cargos asegurados, aquellas otras erogaciones a que hubiere lugar por investigaciones se entenderán por no cubiertos, por lo cual solicitamos su eliminación"

 

Respuesta a la observación 1:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que no acepta la solicitud y mantiene lo establecido en el anexo No. 7 de las Bases de la Invitación Pública a Ofertar, así mismo, se informa que la oferta básica es la siguiente:

 

Oferta Básica: $2.000.000.000 Evento/Vigencia – Sublímite para gastos judiciales y costos de defensa $150.000.000 por funcionario/evento y $700.000.000 en el agregado anual. Sublímite Investigaciones preliminares las cuales hacen parte del Sublímite para gastos de defensa: Por persona $30.000.000, por evento $50.000.000, en el agregado anual $200.000.000.

 

La anterior información hace parte del anexo No. 7 "Especificaciones Técnicas - Formato No. 11 - oferta presentada para el seguro de responsabilidad civil para Servidores Públicos", el cual se encuentra publicado en la página web de INDUMIL y en el SECOP en el proceso de la referencia.

 

Observación 2:

 

Ramo SOAT

En el Slip técnico que adjunta la entidad se encuentra registrado el ramo de SEGURO DE DAÑOS CORPORALES CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTES DE TRANSITO, (Ver anexo no.

- relación Soat), en el documento PROYECTO PLIEGO DE CONDICIONES no se encuentra relacionado ni publicado en la página.

Por lo anterior, solicitamos suministrar la relación detallada de los vehículos de los cuales se requiere este seguro con los siguientes detalles:

• Tipo de vehículo

• Clase

• CC

• Cantidad de Pasajeros

• Motor

• Chasis

• Color

• Modelo

• Código Fasecolda

• Valor"

 

Respuesta a la observación 2:

 

Una vez revisada la observación, la Industria Militar informa que con adenda elimina el formato No. 14 del anexo No. 7 "Especificaciones Técnicas", de las Bases de la Invitación Pública a Ofertar, el cual se encuentra publicado en la página web de INDUMIL y en el SECOP en el proceso de la referencia.

 

 

7. Observaciones presentadas por la firma La Previsora Seguros S.A., recibidas el día 17 de agosto de 2017, con requerimiento 02.466.107, así:

 

Observación 1:

 

“…SEGURO DE VIDA GRUPO

Auxilio funerario - valor asegurado 7 salarios del funcionario

Solicitamos a la Entidad establecer un valor absoluto, con el fin de cotizar el ramo y realizar un P Y G estimado del ramo con base en la siniestralidad, sugerimos establecer $3.000.000"

         

Respuesta a la observación 1:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que no acepta la solicitud y aclara que los amparos obligatorios para este seguro son los siguientes:

 

img4

 

Así mismo, se informa que dicha póliza Vida Grupo debe operar por sistema Blanket, es decir, no hay necesidad de efectuar reportes durante la vigencia de la póliza, pero toda modificación se considerara automáticamente amparada en la Póliza, desde el momento en que aparezca en los registro internos de la Entidad.

 

La anterior información hace parte del anexo No. 7 "Especificaciones Técnicas - Formato No. 12 - oferta presentada para el seguro de vida grupo", el cual se encuentra publicado en la página web de INDUMIL y en el SECOP en el proceso de la referencia.

 

Observación 2:

 

ANEXO No. 4 - RELACION VG

Agradecemos publicar el anexo que contenga: Nombres completos, salario por funcionario, fecha de nacimiento y numero de cedula"

         

Respuesta a la observación 2:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar aclara que la información será enviada una vez se conozca la aseguradora que gane la Invitación Pública a Ofertar No. 127/2017.

 

Observación 3:

 

INFIDELIDAD Y RIESGOS FINANCIEROS

Solicitamos publicar el formulario, junto con los estados financieros comparativos junto con sus notas"

         

Respuesta a la observación 3:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que los estados financieros correspondientes a la Industria Militar de la última vigencia junto con sus notas, se encuentran publicados en la página WEB de INDUMIL.

 

Observación 4:

 

Anexo de costos de limpieza, Costos legales y gastos de honorarios profesionales

Sugerimos establecer un límite del 10% del valor asegurado"

         

Periodo de retroactividad sin limite

Solicitamos trasladar a complementarias, teniendo en cuenta que es una restricción dentro de nuestro contrato del ramo"

         

Restablecimiento automático del valor asegurado por pago de siniestro. Hasta 2 veces

Solicitamos trasladar a complementarias, teniendo en cuenta que es una restricción dentro de nuestro contrato del ramo"

         

Extencion de cobertura hasta 2 años siguientes a la fecha en que el personal asegurado se desvincule de la entidad.

 

Solicitamos trasladar a complementarias, teniendo en cuenta que es una restricción dentro de nuestro contrato del ramo"

 

         

Respuesta a la observación 4:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que no acepta la solicitud y mantiene lo establecido en el anexo No. 7 de las Bases de la Invitación Pública a Ofertar.

 

Observación 5:

 

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL


De manera respetuosa aclaramos a la entidad que la compañía no comercializa responsabilidad civil contractual de pasajeros vehículos terrestres, con relación a las pólizas de accidentes personales nuestro producto NO reemplaza a las pólizas de Responsabilidad Civil Contractual que pide el decreto 170-171-172-174-175 del 2001 y/o de más pólizas obligatorias que llegaran a ser requeridas.

Teniendo en cuenta los amparos solicitados, sugerimos cambiar el nombre del ramo A Accidentes Personales para pasajeros y relacione la siguiente NOTA en las condiciones de la misma:
NOTA: Este producto NO reemplaza a las pólizas de Responsabilidad Civil Contractual y/o de más pólizas obligatorias que llegaran a ser requeridas (Decreto 170-171-172-174-175 del 2001 y/o de más pólizas obligatorias que llegaran a ser requeridas)"

         

Respuesta a la observación 8:

 

Una vez revisada la observación, la Industria Militar informa que con adenda elimina el formato No. 14 del anexo No. 7 "Especificaciones Técnicas", de las Bases de la Invitación Pública a Ofertar, el cual se encuentra publicado en la página web de INDUMIL y en el SECOP en el proceso de la referencia.

 

 

8. Observaciones presentadas por la Sra. Mónica Cortes Rojas, recibidas el día 22 de agosto de 2017, con requerimientos 02.468.486, 02.468.491 y 02.468.494, así:

 

Observación 1:

 

“…CRONOGRAMA
Solicitamos incluir y publicar el cronograma, y se permita realizar inspección al riesgo para lo cual agradecemos indiciar fecha, hora, la persona quien atenderá la actividad y la oficina donde lo puedan contactar, asi mimos agradecemos incluir dentro del cronograma fecha para audiencia de aclaración de pliegos"

         

Respuesta a la observación 1:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que la Aseguradora La Previsora S.A., es la Entidad que cuenta en este momento con nuestra póliza Todo Riesgo daños Materiales y con respecto a la última visita realizada por ustedes, los riesgos no han cambiado y se realizarán las respectivas visitas de inspección a cada unidad de negocio posteriores, una vez se haya adjudicado el contrato.

 

Observación 2:

 

TODO RIESGO DAÑOS MATERIALES

Solicitamos a la Entidad publicar en anexo No. 1 - Bienes y Valores Asegurados completo de los riesgos, por lo cual agradecemos publicar en detalle con las ubicaciones y riesgos mayores por cada item, con el propósito de recopilar la información relacionada con las pólizas que cubren el riesgo de terremoto, para el adecuado cálculo de las reservas técnicas que respaldan la operación del ramo y propender por el beneficio económico en la tasación del seguro para la entidad"

 

Todo riesgo sustracción para bienes especiales - Sublímite a primera pérdida absoluta con un valor que no podrá ser inferior a $3.000.000.000

Agradecemos aclarar qué tipo de bienes especiales se están asegurando y relacionar el detallado de los mismos junto con el valor asegurado o relacionar los cinco bienes más representativos junto con su valor y ubicación"

         

Respuesta a la observación 2:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa los bienes más representativos en INDUMIL y comunica que la información más detallada será enviada a la Aseguradora que gane el proceso 127/2017, así:

 

img2

 

Observación 3:

 

Maquinaria y equipo bajo tierra - sublímite no podrá ser inferior a $2.000.000.000

Agradecemos publicar el detallado de las máquinas y equipos bajo tierra junto con el valor asegurado o relacionar los cinco bienes más representativos junto con su valor y ubicación"

 

         

Respuesta a la observación 3:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa los bienes en maquinaria y equipo más representativos en INDUMIL, así:

  

Denominación

Valor adquis. acum.

PRENSA VERTICAL D/TRANSFERENCI4-37 VAINI

3.866.335.831

PRENSA VERTICAL D/TRANSFERENCI4-37 VAINI

3.866.335.831

MAQUINA CARGADORA PARA MUNICION 5.56mm Y

2.946.549.173

PLANTA DE EMULSIONES DRUMMOND

2.688.765.832

PRENSA VERTICAL D/TRANSFERENCI4-37 PROYE

2.519.811.540

PRENSA VERTICAL D/TRANSFERENCI4-37 PROYE

2.519.811.540

SUB SISTEMA MAQUINA FILIPAC ( ENCARTUCHA

2.311.234.034

SISTEMA DE ARENAS AUTOFRAGUANTES PALMER

2.251.026.935

MODULO DE PRODUCCION AUTOMATIZADA

1.717.923.204

HORNO ELÉCTRICO DE INDUCCIÓN VIP PT310-R

1.544.253.793

EQUIPO DE ENCARTUCHADO TALLER INDUGEL AP

1.481.137.314

UNIDAD DE REFRIGERACION NITRACION CHILLER

1.452.449.646

AFILADORA CNC

1.237.134.438

MAQUINA ENCARTUCHADORA - DYNO NOBEL (ROT

1.218.703.031

 

Observación 4:

 

Elementos dañados y gastados

Sugerimos a la Entidad establecer un limite de $100.000.000 para este tipo de bienes, teniendo en cuenta la actividad económica que desarrolla la Entidad, agradecemos confirma si tienen este tipo de bienes en caso de tenerlos, relacionar los tres más representativos, su ubicación, estado actual, y el valor real del bien en el estado que se encuentre"

         

Respuesta a la observación 4:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que no acepta la solicitud y mantiene lo establecido en el anexo No. 7 de las Bases de la Invitación Pública a Ofertar, teniendo en cuenta que lo que requiere INDUMIL es la propuesta más favorable en dicho proceso.

 

Observación 5:

 

Propiedad Personal De Funcionarios - 1% del valor asegurado

Teniendo en cuenta que actualmente en la póliza Todo Riesgo Daño Material, no viene contratado esta clausula, solicitamos su eliminación en caso de no aceptar la observación sugerimos establecer un límite $1.000.000 evento/vigencia"

         

Respuesta a la observación 5:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que no acepta la solicitud y mantiene lo establecido en el anexo No. 7 de las Bases de la Invitación Pública a Ofertar, teniendo en cuenta que lo que requiere INDUMIL es la propuesta más favorable en dicho proceso.

 

 

 

Observación 6:

 

SISTEMA FLOTANTE PARA MERCANCÍAS, (ALMACEN E INVENTARIOS, INSUMOS) CON COBRO ÚNICO DE PRIMA Hasta $60.000.000.000.

Sugerimos a la Entidad aclarar a que se debe el incremento, teniendo en cuenta que en la vigencia 2016 la Entidad solicito para esta cláusula $3.155.525.642"

         

Respuesta a la observación 6:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que no acepta la solicitud y mantiene lo establecido en el anexo No. 7 de las Bases de la Invitación Pública a Ofertar, teniendo en cuenta que lo que requiere INDUMIL es la propuesta más favorable en dicho proceso y la póliza de la vigencia 2016 se contrato mediante la Agencia Logística de las Fuerzas Militares.

 

Observación 7:

 

Valor Acordado Sin Aplicación De Infraseguro, siempre y cuando la diferencia entre el valor asegurado y el valor asegurable no sea mayor al 20%

Cordialmente solicitamos establecer un 10% de infraseguro, tal cual viene contratada en la póliza actual"

         

Respuesta a la observación 7:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que no acepta la solicitud y mantiene lo establecido en el anexo No. 7 de las Bases de la Invitación Pública a Ofertar.

 

Observación 8:

 

DEDUCIBLES Establecidos en el pre pliego página 40 – Tabla de Calificación

Al revisar la tabla de calificación de los deducibles establecidos para cada uno de los amparos del ramo, se observa no se relacionan los deducibles actuales en la tabla y se le otorgue puntuación para los siguientes amparos:

 

• TERREMOTO TEMBLOR Y/O ERUCION VOCANICA: Se relaciona en el pliego 2% sobre el valor de la pérdida, siendo lo correcto 2% sobre valor asegurable del riesgo afectado, tal cual viene contratado
• AMIT Y HMACCOP: Se relaciona en el pliego $100.000.000, siendo lo correcto 4% del valor de la perdida mínimo 20 SMMLV, tal cual viene contratado

• OTROS EVENTOS: Se relaciona en el pliego en mínimo USD$ 10.000, siendo lo correcto mínimo 20 SMMLV, tal cual viene contratado

• INCENDIO Y EXPLOSION: Se relaciona en el pliego 20% del valor de la perdida mínimo US$25.000, siendo lo correcto 30% del valor de la perdida mínimo US$30.000, tal cual viene contratado

Por lo anteriormente expuesto, solicitamos las correcciones de los deducibles en la tabla de cada amparo y otorgarle el puntaje correspondiente"

 

Respuesta a la observación 8:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que no acepta la solicitud y mantiene lo establecido en el anexo No. 7 de las Bases de la Invitación Pública a Ofertar, teniendo en cuenta que lo que requiere INDUMIL es la propuesta más favorable en dicho proceso y se aclara que la póliza de la vigencia 2016 se contrato mediante la Agencia Logística de las Fuerzas Militares.

 

Observación 9:

 

TODO RIESGO EQUIPO Y MAQUINARIA

Solicitamos respetuosamente a la entidad suministrar la relación detallada del Equipo y Maquinaria con sus respectivos valores asegurados y la distribución de los mismos, dado que la misma debe ser reportada mensualmente a la Superintendencia Financiera por las compañías de Seguros y de no hacerlo podemos ser multados y/o sancionados. Cabe aclarar, el anexo No. 2 - bienes y valores asegurados no fue publicado por la Entidad"

         

Respuesta a la observación 9:

 

Una vez revisada la observación, la Industria Militar informa los bienes en maquinaria y equipo más representativos en INDUMIL, así:

  

Denominación

Valor adquis. acum.

PRENSA VERTICAL D/TRANSFERENCI4-37 VAINI

3.866.335.831

PRENSA VERTICAL D/TRANSFERENCI4-37 VAINI

3.866.335.831

MAQUINA CARGADORA PARA MUNICION 5.56mm Y

2.946.549.173

PLANTA DE EMULSIONES DRUMMOND

2.688.765.832

PRENSA VERTICAL D/TRANSFERENCI4-37 PROYE

2.519.811.540

PRENSA VERTICAL D/TRANSFERENCI4-37 PROYE

2.519.811.540

SUB SISTEMA MAQUINA FILIPAC ( ENCARTUCHA

2.311.234.034

SISTEMA DE ARENAS AUTOFRAGUANTES PALMER

2.251.026.935

MODULO DE PRODUCCION AUTOMATIZADA

1.717.923.204

HORNO ELÉCTRICO DE INDUCCIÓN VIP PT310-R

1.544.253.793

EQUIPO DE ENCARTUCHADO TALLER INDUGEL AP

1.481.137.314

UNIDAD DE REFRIGERACION NITRACION CHILLER

1.452.449.646

AFILADORA CNC

1.237.134.438

MAQUINA ENCARTUCHADORA - DYNO NOBEL (ROT

1.218.703.031

 

Observación 10:

 

AUTOMOVILES
Solicitamos respetuosamente a la entidad publicar el anexo No. 3 - bienes y valores asegurados que no fue publicado por la Entidad"

         

Respuesta a la observación 10:

 

Una vez revisada la observación, la Industria Militar informa que será cargada en la página WEB de INDUMIL al proceso 127/2017 como otros documentos la información de los vehículos actuales de propiedad de la Industria Militar.

 

Observación 11:

 

RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL

Responsabilidad por cualquier daño ocasionado por eventos de la naturaleza $ $500.000.000 evento vigencia
Se solicita amablemente excluir o trasladar a complementarias, porque los eventos de la naturaleza se configuran como eventos irresistibles e imprevisibles, ajenos y exteriores al agente y por tanto físicamente imposible de ser imputables a cualquier título. (Artículo 1056 Código de Comercio"

         

Cobertura por disposiciones legales del medio ambiente, súbita y accidental, Pues esta se traduce en la aplicación de leyes o reglamentos protectores del ambiente por parte de las autoridades respectivas tendientes a suspender, aminorar, mitigar o restablecer el daño causado (Artículo 1055 de Código de Comercio). Por lo cual, solicitamos su eliminación o modificar así: Contaminación accidental súbita e imprevista"

         

Responsabilidad Civil Productos hasta por $300.000.000 evento $400.000.000 vigencia

Sugerimos incluir en el texto de la cláusula: Se ampara la responsabilidad civil que sea imputable al asegurado como consecuencia de daños o lesiones a terceros ocasionados únicamente por los productos suministrados por el asegurado, se excluye la recogida de productos y exportaciones"

         

Gastos médicos incluyendo personal del asegurado $150.000.000 persona, $300.000.000 evento/vigencia.

Se solicita amablemente excluir al personal del asegurado, dado que los empleados se encuentran asegurados por otra clase de seguros (Vida Grupo)"

         

Responsabilidad civil patronal $ 2.000.000.000 evento/vigencia

Se solicita amablemente incluir: Opera en exceso de todos los seguros que por disposición de la ley deba tener contratado"

 

Parqueaderos, incluyendo daños y/o hurto a vehículos y/o a sus accesorios, sean de terceros o de funcionarios

Solicitamos incluir en el texto de la cláusula que se excluye el hurto de accesorios, contenidos y carga, vehículos de funcionarios, contratistas del asegurado y de todo aquel que pague por hacer uso del servicio de parqueadero"

         

Pagos Suplementarios

Se solicita amablemente aclarar el alcance de la cobertura"

         

Respuesta a la observación 11:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que no acepta la solicitud y mantiene lo establecido en el anexo No. 7 de las Bases de la Invitación Pública a Ofertar.

 

Observación 12:

 

Asistencia Jurídica En Procesos Civiles Y Penales

La palabra “asistencia” corresponde a una ayuda inmediata frente a la materialización del riesgo amparado, siendo esta de tipo jurídico sería necesaria la intervención de una firma especializada que cuenta con la respectiva experiencia, idoneidad y que, contratada por la Compañía de seguros, actualmente las Aseguradoras para Responsabilidad civil no cuenta no convenio y/o contrato por lo cual esta condición no puede ser otorgada. Por lo cual solicitamos su eliminación, o en su defecto cambiar la palabra asistencia por Honorarios"

         

Respuesta a la observación 12:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que no acepta la solicitud y mantiene lo establecido en el anexo No. 7 de las Bases de la Invitación Pública a Ofertar.

 

9. Observaciones presentadas por el Sr. Javier Garzón Parroquiano, recibidas el día 22 de agosto de 2017, con requerimiento 02.468.533, así:

 

Observación 1:

 

“…Solicitamos la colaboración de publicar la siniestralidad de los últimos cinco años de la Entidad indicando: Ramo afectado, causa del siniestro, amparo afectado, fecha del siniestro, fecha de la reclamación, valor reclamado, valor indemnizado, valor de la reserva y estado del siniestro"

         

Respuesta a la observación 1:

 

Una vez revisada la observación, la Industria Militar informa que la siniestralidad de INDUMIL durante los 5 últimos años, será cargado a la página WEB de la Industria Militar para el proceso No. 127/2017 como otros documentos.

 

Observación 2:

 

Ramo IRF

Teniendo encuenta el valor asegurado basico $10.000.000.000 vigencia frente al presupuesto del ramo $55.000.000 incluido IVA, resulta insuficente el presupuesto del ramo, por lo que sugerimos aumentar a $100.000.000 el presupuesto del ramo, con el fin de poder cotizar el mismo"

 

Respuesta a la observación 2:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que no acepta la solicitud y mantiene lo establecido en el anexo No. 7 de las Bases de la Invitación Pública a Ofertar, teniendo en cuenta que lo que INDUMIL requiere es $5.000.000.000 por evento $10.000.000.000 vigencia.

 

Cabe anotar que el presupuesto asignado para este ramo se mantiene sin modificación.

 

 

10. Observación presentada por el Sr. Gustavo Suancha González, recibida el día 22 de agosto de 2017, con requerimiento 02.468.539, así:

 

Teniendo en cuenta a la fecha no ha dado respuesta a las observaciones presentadas, sugerimos a la Entidad prórrogar la entrega de las ofertas al 8 de septiembre, con el fin de analizar el riesgo con la información de los valores asegurados de los bienes que faltan por publicar y las respuestas de las observaciones junto con el resultado de la visita de inspección que nos permita la Entidad"

         

Respuesta a la observación:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que con adenda amplió el plazo para la entrega de las ofertas hasta el día 1 de septiembre de 2017 a las 15:00 horas, la cual se encuentra publicada en la página web de INDUMIL y en el SECOP.

 

 

 

 

 

11. Observaciones presentadas por la Sra. Marly Johana Pineda Medina, recibidas el día 22 de agosto de 2017, con requerimiento 02.468.554, así:

 

Observación 1:

 

…ELIMINAR PARTICIPACIÓN DE PERSONAS NATURALES.

Con base al artículo 1037 del código que establece que dentro de los contratos de seguros la aseguradora únicamente puede ser una persona jurídica, se solicita respetuosamente que las únicas personas posibilitadas para presentar ofertas son las personas jurídicas más no las naturales, el tenor literal de la norma es el siguiente:

ARTÍCULO 1037. <PARTES EN EL CONTRATO DE SEGURO>. Son partes del contrato de seguro:

1) El asegurador, o sea la persona jurídica que asume los riesgos, debidamente autorizada para ello con arreglo a las leyes y reglamentos, y

2) El tomador, o sea la persona que, obrando por cuenta propia o ajena, traslada los riesgos.

Por lo anterior se solicita amablemente a la entidad, eliminar de la presente invitación la participación de personas naturales"

         

Respuesta a la observación 1:

 

Una vez revisada la observación, la Industria Militar aclara que dentro de los requisitos de participación de la invitación publica a ofertar No. IPO 127/2017 proyecto 7049, se indica que los oferentes deberán ser sociedades de seguros, por tal razón solo aplica para personas jurídicas.

 

En lo relativo a la persona natural este requisito solo aplica para el representante legal de la respectiva sociedad en los eventos que así se señale.

 

Observación 2:

 

…ELIMINAR PROPONENTES BAJO LA FIGURA DE PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA.
Solicitamos respetuosamente que para el presente proceso de selección se elimine toda forma de participación bajo la figura de PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA, en el cual se encuentra en algunos numerales del Proyecto de pliego de condiciones, debido a que en materia de Contratación Estatal dicha figura tiene plena aplicación de manera restrictiva para los contratos de Concesión por expresa disposición legal, pero resulta inaplicable en materia aseguraticia por la misma razón, tal y como pasamos a explicar:

En atención a lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley 80 de 1993 (art 13) en concordancia con la legislación Civil y Comercial, resulta absolutamente procedente y pertinente la conformación de sociedades con objeto único para participar en un proceso de selección de contratistas del Estado.

1. Igualmente y por otra parte, el artículo 32 de la misma codificación, en materia específica de Concesiones, establece para los interesados la posibilidad de presentarse en los procesos de selección de contratistas del Estado, además de como consorcio, unión temporal o cualquier modalidad de asociación que consideren conveniente, la figura de

2. Promesa de Sociedad Futura, que en caso de resultar adjudicataria, suscribirá el correspondiente contrato a través de su representante legal una vez se constituya, so pena de incumplimiento de sus obligaciones originadas con la adjudicación, y la correspondiente aplicación de la póliza de seriedad de oferta.

3. Para mayor precisión y de manera académica, presentamos el resumen de la posición jurisprudencial sobre la materia a continuación, contenida en el Concepto de la Sala de Consulta del Consejo de Estado de fecha 04 de Septiembre de 2.000, M.P. Dr. Augusto Trejos J. que dijo:

“El artículo 32 de la Ley 80 de 1993, en el numeral 4º., se refiere al Contrato de Concesión como un contrato administrativo que tiene por objeto la prestación, operación, explotación total o parcial de un servicio público, o la construcción, explotación o conservación total o parcial de una obra o bien destinados al servicio o uso público, o el funcionamiento de la obra o servicio por cuenta y riesgo del concesionario bajo la vigilancia de la entidad concedente, a cambio de la contraprestación que acuerden las partes, bien sea a manera de remuneración o de participación que se otorgue al concesionario en la explotación del bien.

Dado que la complejidad de los proyectos para la ejecución de grandes obras de infraestructura y la prestación o el suministro de determinados servicios hace necesaria la colaboración empresarial con el objeto de aunar esfuerzos para desarrollar dichos proyectos de manera más eficiente, el estatuto de contratación administrativa contempla tres figuras de asociación encaminadas al logro de ese fin, a saber: los consorcios, las uniones temporales y las sociedades de empresas. El parágrafo 2o. del citado artículo 32 prevé, en los contratos de concesión para la construcción de una obra pública, la posibilidad de que los proponentes p"

         

Respuesta a la observación 2:

 

Una vez revisada la observación, la Industria Militar informa que la ley comercial permite la celebración de promesas de contrato de sociedad, tal como lo consagran los artículos 110 y 119 del Código de Comercio.

 

De igual manera se recuerda que en el evento de constitución de uniones temporales o consorcios para la participación en el presente proceso, los asociados deberán pertenecer al mismo sector, toda vez que el proponente deberá acreditar que su objeto se encuentra directamente relacionado con el objeto del contrato, de manera que le permita al Consorcio o Unión Temporal la presentación de la oferta y la celebración y ejecución del contrato, teniendo en cuenta para estos efectos el alcance y la naturaleza de las diferentes obligaciones que adquiere.

 

 

12. Observaciones presentadas por el Sr. Oscar Javier Álvarez, recibidas el día 22 de agosto de 2017, con requerimiento 02.468.556, así:

 

Observación 1:

 

…FORMA DE PAGO.

Respetuosamente solicitamos a la entidad se considere aumentar el porcentaje de pago para la vigencia 2017"

         

Respuesta a la observación 1:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que no acepta la solicitud y mantiene lo establecido en el I.A.P. 7.1. Forma de pago de las Bases de la Invitación Pública a Ofertar.

 

Observación 2:

 

VERIFICACIÓN DE CAPACIDAD FINANCIERA REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES.
Solicitamos respetuosamente a la entidad elimine el indicador de MARGEN DE SOLVENCIA, toda vez que a la fecha en el Registro Único de Proponentes se puede validar y verificar la información con el corte a 31 de diciembre de 2016 dado que es la más reciente.


En relación con la vigencia y firmeza del RUP requerida para el presente proceso de selección, nos permitimos aclarar lo siguiente:


a) Según lo establecido en el Decreto-Ley 0019 de 2012 en su artículo 21, las condiciones determinantes para participar en procesos de selección de contratistas del Estado son el “mantener la inscripción vigente”, y tener la “información actualizada”. A continuación se transcribe la norma que enuncia estas condiciones:


ARTÍCULO 221. DE LA VERIFICACION DE LAS CONDICIONES DE LOS PROPONENTES.

El artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, quedará así:

Ver el art. 6.4.3. Del Decreto Nacional 734 de 2012


"Artículo 6. De la verificación de las condiciones de los proponentes. Todas las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales, se inscribirán en el Registro Único de Proponentes del Registro Único Empresarial de la Cámara de Comercio con jurisdicción en su domicilio principal.

La información deberá mantenerse actualizada y renovarse en la forma y con la periodicidad que señale el reglamento. La información contenida en el registro es pública y su consulta será gratuita…”
(El subrayado y resaltado es nuestro)


b) Así las cosas, el “mantener la inscripción vigente” quiere decir, el deber que tiene todo proponente de mantener renovada su inscripción, situación que tiene un término legal (a más tardar el quinto día hábil del mes de abril de cada año) y desde que no se incumpla éste, los efectos del RUP no cesan, tal como lo expresa el reglamento Decreto 1082 de 2015 en su artículo 2.2.1.1.1.5.1.que dice:


Inscripción, renovación, actualización y cancelación del RUP. Las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio en Colombia, interesadas en participar en Procesos de Contratación convocados por las Entidades Estatales, deben estar inscritas en el RUP, salvo las excepciones previstas de forma taxativa en la ley.


La persona inscrita en el RUP debe presentar la información para renovar su registro a más tardar el quinto día hábil del mes de abril de cada año. De lo contrario cesan los efectos del RUP. La persona inscrita en el RUP puede actualizar la información registrada relativa a su experiencia y capacidad jurídica en cualquier momento…” (El subrayado y resaltado es nuestro)


c) Lo anterior, también lo corrobora la Circular Externa No.13 del 13 de junio de 2014 emitida por Colombia Compra Eficiente que dice:


(i) Inscripción en el RUP

En los procesos de contratación los oferentes deben acreditar que están inscritos en el RUP, incluso cuando presentan su oferta antes de que la inscripción esté en firme...” (El subrayado y resaltado es nuestro)

d) El acto de renovación del RUP ante la Cámara de Comercio de Bogotá tiene una duración de veinte (20) días hábiles (10 de verificación y 10 de impugnación), por tanto, la información de 2016 estará indicada en el certificado RUP luego de surtido este período.


e) Respecto de “la información actualizada” (en este caso, la Entidad requiere que corresponda al 31 de diciembre de 2016), ésta condición o aspecto está relacionada implícitamente con el acto o trámite de renovación, cuyo término legal explicamos argumentamos jurídicamente con anterioridad.

Conforme a lo aclarado anteriormente, solicitamos de manera respetuosa que se solicite vía pliego de condiciones que los proponentes acrediten la vigencia"

         

Respuesta a la observación 2:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que no acepta la solicitud y mantiene lo establecido en el I.A.P. 17.1 de las Bases de la Invitación Pública a Ofertar.

 

 

13. Observación presentada por el Sr. Jairo Richard Obando Luna, recibida el día 22 de agosto de 2017, con requerimiento 02.468.558, así:

 

…MINUTA DEL CONTRATO

Solicitamos amablemente a la entidad publicar el modelo de la minuta del presente proceso licitatorio, toda vez que no se encuentra publicado en la plataforma de Secop"

         

Respuesta a la observación:

 

Una vez revisada la observación, la Industria Militar informa que se encuentra publicada la minuta en la página web de INDUMIL y el SECOP, la cual es de solo información y será ajustada de acuerdo a lo establecido en las bases y documentos del proceso de la referencia.

 

 

14. Observaciones presentadas por la firma Axa Colpatria Seguros S.A, recibida el día 23 de agosto de 2017, con requerimientos 02.469.766, 02.469.768 y 02.469.769, así:

 

Observación 1:

 

…Agradecemos a la entidad prorrogar el cierre del proceso en referencia esto considerando que las características de los riesgos a respaldar ya requieren un tiempo prudencial para su correcto análisis y deben sustentarse en información suficiente que a la fecha no ha sido publicada , por lo cual proponemos como fecha de cierre el próximo 11 de septiembre de 2017"

         

Respuesta a la observación 1:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que con adenda amplió el plazo para la entrega de las ofertas hasta el día 1 de septiembre de 2017 a las 15:00 horas, la cual se encuentra publicada en la página web de INDUMIL y en el SECOP.

 

Observación 2:

 

Solicitamos se detalle la relación de bienes, por ubicación Indicando el valor de edificaciones y sus contenidos ( Muebles Enseres, Equipo Eléctrico y Electrónico ,Dineros o en su defecto Informar los valores asegurables en el riesgo Mayor por Ítem Asegurado"

         

Respuesta a la observación 2:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa los bienes más representativos en INDUMIL, así:

 

img2

 

Observación 3:

 

considerando el tipo de actividad realizada por la entidad y con el fin de cumplir los postulados de objetividad, pluralidad y transparencia en el proceso, solicitamos se permita la inspección a los riesgos objeto de cobertura.


En este mismo sentido confirmar el procedimiento que se debe realizar


Dentro de la información adicional solicitamos se informe: plano general de áreas. Año de construcción de las edificaciones, el área construida de cada una de ellas, descripción de materiales especiales de construcción en caso de que existan (aislamiento térmico de paredes, cielo raso, pisos falsos), mantenimiento de las instalaciones.”


Así mismo solicitamos una descripción de los equipos con sistema de combustión que se encuentren en la planta, combustible utilizado, capacidad, temperaturas de operación, elementos de control de la combustión, elementos de seguridad y protección.


También será necesaria una descripción de los líquidos y gases inflamables o combustibles que se encuentren en la planta, las cantidades almacenadas, ubicación y detalles del almacenamiento, cantidades usadas en proceso, método de transferencia, medidas y sistemas de protección.


En caso de existir almacenamiento de materiales plásticos, debemos conocer el tipo de plásticos, las cantidades almacenadas, su ubicación y detalles del arreglo de almacenamiento.


Para los equipos hidráulicos es importante informar el tipo de aceite utilizado en cada equipo (o su “flash point”), la cantidad de aceite que maneja cada uno de ellos, y el método de parada de emergencia en caso de incendio.


En cuanto al sistema de aire acondicionado deseamos conocer sus características, su mantenimiento y si éste está diseñado para prevenir la propagación de humo en caso de un incendio.”

Sistemas de Protección Contra Incendio: Sprinklers. En caso de contar con rociadores automáticos debemos obtener características de diseño (as built) como: el área total que éstos protegen (ft2), su densidad de diseño (gpm/ft2), temperatura de apertura (o factor K) y tipo de cabecillas, alarmas de flujo, etc. Descripción del suministro de agua: tamaño y forma de llenado de tanques de almacenamiento, caudal y presión de diseño de bombas, resultados de la prueba anual de flujo de bombas.”

Red contra incendio. En caso de contar con una red contra incendio debemos obtener características de diseño (as built) como: tamaño y forma de llenado de tanques de almacenamiento, caudal y presión de diseño de bombas, resultados de la prueba anual de flujo de bombas. Número de hidrantes públicos y privados y su mantenimiento. Número de gabinetes contra incendio, largo y diámetro de las mangueras y su mantenimiento.”


Extintores portátiles. Requerimos información sobre el número de extintores portátiles disponibles por tamaño y tipo de agente extintor y sus programas de inspección y mantenimiento.


Sistemas especiales de extinción. En caso de contar con alguno de ellos es necesaria una descripción del diseño del sistema, agente extintor empleado, áreas cubiertas, métodos y periodicidad de mantenimiento del sistema.”


Supervisión y alarmas. Descripción de los sistemas de detección de incendio y la forma como son supervisados.

Dentro de la información solicitada se encuentra las características de la brigada contra incendio (si existe), su nivel de entrenamiento y el tipo de brigada (incipiente o estructural) y su dotación; Cuerpo de bomberos más cercano, su distancia a la planta, el tiempo estimado de repuesta y si estos visitan periódicamente las instalaciones. Se requiere revisar los planes de emergencia ante riesgos y planes de contingencia para restaurar las actividades. Se tratarán otros temas menores de la organización de seguridad industrial como programas de auto inspección, política de no fumar, permisos para la realización de trabajos en caliente, etc. Como tema especial y gerencial se necesitan conocer detalles sobre cualquier plan de continuidad de negocio que se tenga establecido, la forma en que está documentado, y si se realizan o no simulacros o pruebas del mismo.”


Solicitamos se permita en el Recorrido por las Instalaciones :


Realizar este recorrido por la totalidad de las instalaciones, en caso que no sea posible se pretende cubrir áreas importantes como áreas de almacenamiento de materias primas, producto terminado, líquidos y gases combustibles o inflamables, bombas y sistemas de protección contra incendio, áreas de servicio como calderas, subestaciones eléctricas, plantas eléctricas de emergencia, áreas con riesgos de incendio o explosión, bodega de repuestos, centrales de monitoreo de alarmas, cuartos de control, y áreas importantes del proceso.”


Agradecemos informar detalladamente


a) En caso de un evento catastrófico (incendio o terremoto) en la planta, cuál sería la afectación en las operaciones totales en el país para la compañía y cuál sería el tiempo estimado para el restablecimiento normal de las actividades en la planta.


b) Cuales equipos son críticos para el desarrollo de las actividades y sus respectivas capacidades, que equipos podrían representar una interrupción o disminución en la operación y cuál es su tiempo de reposición estimado, cuáles son sus proveedores y si se cuenta con stock de repuesto.


c) Manejo de la información, que equipos electrónicos contienen información importante para la operación, si existe redundancia de equipos, backup’s de información, etc. Que equipos cuentan con control automático, si un daño en el sistema de control del equipo representa interrupción de actividades o se podría operar manualmente, stock de repuestos de tarjetas electrónicas.


d) Descripción de los servicios de la planta, electricidad, agua, aire comprimido, gas natural, vapor, aire acondicionado.


Es importante conocer el número de líneas de alimentación de energía eléctrica y la confiabilidad en el suministro, descripción de subestaciones internas, capacidad y niveles de tensión de transformadores, demanda total de electricidad de la planta; si se cuenta con planta eléctrica de emergencia, su capacidad, descripción del sistema de regulación de la energía eléctrica, unidades UPS, su capacidad y autonomía, bancos de baterías, sistemas de puesta a tierra, descripción de las labores de inspección y mantenimiento de todos los equipos del sistema eléctrico.
Se requiere conocer datos del suministro de agua, confiabilidad del suministro, cantidades almacenadas dentro de la planta y consumo promedio de la planta.

En cuanto a aire comprimido se debe conocer la demanda de la planta, el número de compresores, tipo, capacidad y área a la cual suministra, labores de inspección y mantenimiento de compresores.
Se requiere conocer la demanda de gas natural o cualquier otro gas combustible que utilice la planta, detalles del suministro, confiabilidad en el suministro, consumo promedio de la planta"

         

Respuesta a la observación 3:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar aclara que debido al corto tiempo que se tiene para la contratación de los seguros generales de INDUMIL 2017-2018 y a la mínima modificación del riesgo establecido para las últimas visitas de inspección realizadas, se carga en la página web de la Industria Militar para el proceso 127/2017 los informes de las visitas realizadas para la última contratación que realizó la Industria Militar para el periodo 2014 – 2015.

 

Observación 4:

 

"RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL

Solicitamos eliminar el tipo de cobertura todo riesgo solicitado para esta póliza".

 

Respuesta a la observación 4:

 

De la manera más respetuosa, se recuerda que las observaciones elevadas ante las entidades del estado deben formularse debidamente sustentadas, en el entendido que la entidad pueda hacer un análisis adecuado para responder la petición.

 

Por otro lado no se acepta la observación, en razón a que esta garantía ampara los perjuicios patrimoniales que pueda sufrir la Industria Militar, como consecuencia de la responsabilidad civil extracontractual en el desarrollo de las actividades contractuales.

 

Observación 5:

 

"Indicar la definición requerida para la cláusula denominada pagos suplementarios".

 

Respuesta a la observación 5:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que no acepta la solicitud y mantiene lo establecido en el anexo No. 7 de las Bases de la Invitación Pública a Ofertar.

 

Observación 6:

 

"Solicitamos se elimine la cláusula denominada Desapariciones Misteriosas la cual es una exclusión de esta póliza o en su defecto solicitamos trasladar esta condición a condiciones especiales con un sublimite evento vigencia de $ 10.000.000".

 

Respuesta a la observación 6:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que no acepta la solicitud y mantiene lo establecido en el anexo No. 7 de las Bases de la Invitación Pública a Ofertar.

 

Observación 7:

 

"Solicitamos se modifique la cláusula denominada Restablecimiento Automático Del Valor Asegurado Por Pago De Siniestro e indicar que opera hasta por una sola vez durante la vigencia de la póliza con cobro de prima adicional o en su defecto trasladar esta cláusula a condiciones adicionales".

 

Respuesta a la observación 7:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que no acepta la solicitud y mantiene lo establecido en el anexo No. 7 de las Bases de la Invitación Pública a Ofertar.

 

 

15. Observación presentada por la Sra. Eliana Flórez Calderón, recibida el día 24 de agosto de 2017, con requerimiento 02.471.781, así:

 

…Revisando la adenda No.1, ampliaron la fecha de entrega de propuesta y a la fecha no han dado respuesta a las observaciones presentadas ni los valores asegurados de los bienes asegurar en el ramo Daños materiales Combinados ni los formularios de RC Servidores e IRF ni los estados financieros. Esta información es requisito para poder cotizar estos ramos que por el valor asegurado solicitado.

Por lo anteriormente expuesto, solicitamos prorrogar la fecha de entrega de la propuesta hasta el 15/9/2017 siempre y cuando la Entidad publique la información solicitada y de respuestas a las observaciones"

         

Respuesta a la observación:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que se publicó la información solicitada en la página web de INDUMIL y en el SECOP.

 

Así mismo, se informa que con adenda se amplió el plazo para la entrega de las ofertas hasta el día 1 de septiembre de 2017 a las 15:00 horas, la cual se encuentra publicada en la página web de INDUMIL y en el SECOP.

 

 

16. Observación presentada por la Sra. Mónica Cortes Rojas, recibida el día 25 de agosto de 2017, con requerimiento 02.472.998, así:

 

Teniendo en cuenta a la fecha no ha dado respuesta a las observaciones presentadas, sugerimos a la Entidad prórrogar la entrega de las ofertas al 8 de septiembre, con el fin de analizar el riesgo con la información de los valores asegurados de los bienes que faltan por publicar y las respuestas de las observaciones junto con el resultado de la visita de inspección que nos permita la Entidad"

         

Respuesta a la observación:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que se publicó la información solicitada en la página web de INDUMIL y en el SECOP.

 

Así mismo, se informa que con adenda se amplió el plazo para la entrega de las ofertas hasta el día 1 de septiembre de 2017 a las 15:00 horas, la cual se encuentra publicada en la página web de INDUMIL y en el SECOP.

 

 

17. Observación presentada por la firma AXA Colpatria Seguros S.A, recibida el día 28 de agosto de 2017, con requerimiento 02.473.382, así:

 

…Estimados señores , teniendo en cuenta que a la fecha no han publicado los valores asegurados de los ramos:DMC, Autos, Maquinaria y Equipo y los formularios de IRF Y RC Servidores los cuales son el insumo básico para el análisis del riesgo , sugerimos ampliar la fecha de cierre de entrega para el 8/9/2017…"

         

Respuesta a la observación:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que se publicó la información solicitada en la página web de INDUMIL y en el SECOP.

 

Así mismo, se informa que con adenda se amplió el plazo para la entrega de las ofertas hasta el día 1 de septiembre de 2017 a las 15:00 horas, la cual se encuentra publicada en la página web de INDUMIL y en el SECOP.

 

 

18. Observación presentada por el Sr. Jhon Fredy Acosta Rodríguez, recibida el día 28 de agosto de 2017, con requerimiento 02.474.847, así:

 

Teniendo en cuenta a la fecha no se ha dado respuesta a las observaciones presentadas, sugerimos a la Entidad prórrogar la entrega de las ofertas al 15 de septiembre, con el fin de analizar el riesgo con la información de los valores asegurados de los bienes que faltan por publicar junto con los estados financieros y las respuestas de las observaciones junto con el resultado de la visita de inspección que nos permita la Entidad"

         

Respuesta a la observación:

 

De la manera más respetuosa, la Industria Militar informa que con adenda se amplió el plazo para la entrega de las ofertas hasta el día 1 de septiembre de 2017 a las 15:00 horas, la cual se encuentra publicada en la página web de INDUMIL y en el SECOP.

 

Atentamente,

 

 

 

 

 

 

Coronel (RA) NESTOR RAÚL ESPITIA RIBERO

Gerente General (E)

Firma:

Firma:

Firma:

Firma:

Elaboró: Jorge Eliécer Vega Cabrera

Revisó: Bibiana Díaz Palacios

VºBº: José Wilson Orjuela Avilán

VºBº: Heli Rojas Robles

Cargo: Profesional Universitario -DA

Cargo: Profesional Universitario -DA

Cargo: Jefe División de Adquisiciones

Cargo: Subgerente Financiero encargado de las funciones de la  Subgerencia Administrativa

 

 

 

 

Documentos de referencia: 01.958.309 — RESPUESTA OBSERVACIONES PROYECTO 7049 PROCESO 127/2017 PRESVISORA SA PRORROGA.

01.959.313 — RESPUESTA OBSERVACIONES PROYECTO 7049 PROCESO 127/2017 PRESVISORA SA PRORROGA.

01.959.544 — RESPUESTA OBSERVACIONES PROYECTO 7049 PROCESO 127/2017 PRESVISORA SA PRORROGA.

01.959.594 — RESPUESTA OBSERVACIONES PROYECTO 7049 PROCESO 127/2017 PRESVISORA SA PRORROGA.

01.960.336 - Respuesta Observaciones IPO 127/2017 Proyecto 7049 - OJ-GC.

Documento Original Firmado en físico.

 

Calle 44 Nº 54 – 11 CAN Fax: 2224889 - 2225786. PBX: 2207800 E-mail: indumil@indumil.gov.co. Página 27 de 32

 


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